LAS VEINTIUNA MENTIRAS DE LUIS DEL PINO (I)

Coincidiendo con el sexto aniversario de los atentados del 11-M,  Luis del Pino nos ha obsequiado con otra de sus exclusivas -en este caso en forma de FAQ (Frequently Asked Questions)- que comprenden veintiuna preguntas con sus respuestas.

Personalmente, creo que es una de las más flojas contribuciones al conspiracionismo de los últimos años. Ninguna novedad, mentiras más burdas, datos falseados. Tal vez se nota que Del Pino -después de todo ingeniero de profesión, no periodista ni investigador policial- trata de estirar el brazo de las exclusivas más que la longitud de la manga. Sólo la carga de trabajo y la pereza más inconfesable me impidió, el mismo día 11 por la noche, ponerme al teclado del ordenador y comenzar a responderle, de un tirón, sin necesidad de mayor trabajo de documentación que la memoria y algún click de vez en cuando a las páginas del Foro de Desiertos Lejanos.

Sin embargo, por hastío que nos produzca comprobar que Luis Del Pino continúa divulgando su basura impunemente, Desiertos Lejanos no tiene derecho a permanecer callado ante la nueva campaña conspiracionista; somos un referente para muchas personas que, cada vez que leen en la portada de «El Mundo» que hay nueva exclusiva sobre el 11-M, esperan a contrastar con nuestras informaciones para hacerse una opinión del asunto.

Pero, lo más importante, sabemos que un buen número de víctimas del 11-M, que sufren por la manipulación de su dolor, nos leen y esperan que respondamos a quienes se aprovechan de su padecimiento.

Por todos ellos.

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1. ¿En qué estado se encuentran, oficialmente, las investigaciones del 11-M?

Luis del Pino dijo:

Se ha celebrado un primer juicio en la Audiencia Nacional, cuya sentencia fue posteriormente revisada por el Supremo. En teoría, las investigaciones siguen abiertas en la Audiencia Nacional, pero en la práctica no se está haciendo nada. De hecho, las solicitudes de investigación que las víctimas del atentado han presentado en la Audiencia Nacional han sido sistemáticamente ignoradas.

Respuesta:

Luis del Pino MIENTE.

El juicio principal por los atentados del 11-de Marzo de 2004 se celebró entre Febrero y Julio de 2007, ante  la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El Tribunal fue compuesto por los jueces Javier Gómez Bermúdez (Presidente), Félix Guevara Marcos y Fernando García Nicolás

Fueron juzgados veintinueve acusados, de los cuales veintiuno fueron condenados a penas de diversa cuantía, en función de los delitos de los que se les halló culpables. Tres de ellos fueron condenados como autores materiales (Zougham y El Gnaoui) o colaborador necesario (Suárez Trashorras). A ellos hay que añadir la implicación -casi con toda seguridad en grado de autores materiales- de los siete miembros del comando que se suicidaron en Leganés y un número indeterminado de terroristas que consiguieron escapar.

La sentencia de la Audiencia Nacional fue revisada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en vista presidida por el juez Miguel Colmenero Menéndez de Luarca, que estudió los recursos presentados por las defensas y las acusaciones, estimando parcialmente alguno de ellos, absolviendo a cuatro de los condenados por la Audiencia Nacional y condenando, en cambio, a Antonio Toro.

Lo más importante, en todo caso, es que confirmó el relato de los hechos esbozado por los investigadores de las Fuerzas de Seguridad del Estado, asumido en el Auto de Procesamiento por el juez de Instrucción Del Olmo, y aceptado por la Audiencia Nacional, y desestimó completamente las teorias conspiracionistas.

Además del juicio principal, se abrieron una serie de diligencias para investigar las redes de colaboradores que pudieron servir para dar cobijo, apoyo, soporte en la fuga y apoyo logístico a los huidos.

Sin ánimo de ser exhaustivos, tenemos las Operaciones Sello I y II, contra la trama de huída de los terroristas, las Operaciones Nova I y II, contra la red de reclutamiento y envío de muyahidines a Irak; la Operación Tigris, que detuvo a un grupo que planeaba atentar contra la Audiencia Nacional; el Sumario 147/06, el Sumario 158/206, etc…

Algunas de estas Diligencias que se fueron abriendo paralelas al Sumario principal pueden pueden verse aquí (enlace a la operación Sello y Tigris), o aquí.

Pese al alborozo mostrado por los conspiracionistas cada vez que los tribunales absolvían a un acusado (aunque fuese condenado por pertenencia a grupo terrorista, como es el caso de Rabei Osman El Egipcio, o Hassan el Haski, por ejemplo), la presión política, policial y judicial ha permitido detener a varios implicados -más o menos directamente- en los sucesos del 11-M como Abdelilah Hriz, condenado a 20 años en Marruecos, Mohamed Belhadj, condenado asímismo a ocho años, Hicham Ahmidan, a diez; los cinco islamistas de la célula de Santa Coloma de Gramanet  y otros. Desde luego, el hecho de que algunos de los relacionados con los atentados consiguieran eludir -momentáneamente- la acción de la justicia española no es achacable a negligencia policial y mucho menos a complicidad delictiva por parte de las fuerzas de seguridad.

Y, por otro lado, muchos de los relacionados con los atentados que lograron escapar de España se enrolaron, probablemente, en las filas de la resistencia afgana o iraquí, lo que hace muy complicado dar con su paradero o precisar, siquiera, si continúan vivos. De hecho, como ocurre tras cualquier actividad criminal, cuantos más terroristas caigan presos o muertos, menos detenciones se producirán; y cuanto más tiempo pase, mejor será la mimetización con el entorno de los supervivientes y más difícil su captura.

Por lo tanto, de ninguna manera se puede considerar que la situación pasada o actual sea de inacción o apatía. La investigación sobre el 11-M continúa en el marco de  las diligencias previas 309/05, desgajadas en su día por el juez Juan Del Olmo del Sumario principal, para continuar con las investigaciones durante y después del juicio. De ellas se van separando los nuevos sumarios en función de que se vayan terminando las investigaciones en relación a uno o a otro grupo de procesados, y a ellas se van añadiendo las nuevas investigaciones y los informes lofoscópicos o de ADN.

Luis del Pino no puede argumentar carecer de información sobre ello. Sin ir más lejos, en Agosto de 2009 el juez Eloy Velasco abrió diligencias contra siete acusados, y en Noviembre acordó su procesamiento. Hace dos días, «El Mundo» informaba que el propio juez mantiene abiertas investigaciones para tratar de desvelar quiénes son los sujetos a quienes corresponden siete perfiles de ADN posiblemente relacionados con los atentados.

Cuestión diferente es que los conspiracionistas consideren que las investigaciones no van por el camino que ellos quisieran. En el fondo, la afirmación que de manera soterrada se quiere encajar es: «En la práctica, la Audiencia Nacional no está investigando lo que yo quiero que investigue» o «La Audiencia Nacional no se pliega a conducir el caso de acuerdo con mis ideas».

Obsérvese, antes de pasar a dar respuesta, que no sabemos exactamente a qué se refiere Luis del Pino cuando dice «en la práctica» o de qué manera sabe él que «en la práctica no se está haciendo nada»

Pero, en todo caso, tal vez deberían ser los conspiracionistas quienes explicaran por qué, no habiendo pasado ni ocho meses desde que se publicara en prensa  la noticia de la apertura del nuevo Sumario por parte del juez Velasco, se afirma de modo tan rotundo que «la Audiencia Nacional no está investigando el 11-M«.

Obsérvese, antes de pasar a contestar, que no sabemos exactamente a qué se refiere Luis del Pino cuando dice «en la práctica» o de qué manera sabe él que «en la práctica no se está haciendo nada»

En cuanto al segundo punto de esta primera pregunta, MIENTE también Luis del Pino. No es cierto que las solicitudes de investigación de las víctimas del terrorismo -ni una sola de ellas- hayan sido ignoradas.

Si hubieran sido «ignoradas» ¿cómo se entiende que las solicitudes de investigación sean valoradas por un juez y este emplee su tiempo y esfuerzo en dar una respuesta, fundamentada y ajustada a derecho, a dichas solicitudes?

Limitándonos al último intento de lo que los conspiracionistas llaman erróneamente -como demostraba Hermanita en el Foro de Desiertos Lejanos– «reabrir» el Sumario, sus peticiones han sido estudiadas por el juez Velasco, del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, que las denegó mediante un Auto en el que, entre otras cosas, se decía:

«Conforme a la Ley de Enjuciamiento Criminal […] no se puede practicar cualquier prueba en cualquier orden y en cualquier momento, ni se puede practicar siempre la misma prueba […] hasta llegar a que por fin satisfagan los intereses de alguna de las partes personadas… o «…nos hallamos ante una petición extemporánea y redundante que por lo tanto no supone el análisis de ningún extremo novedoso en la causa…»

El correspondiente recurso fue también rechazado -como no podía ser de otra manera, dada su escasa fundamentación jurídica- por la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional. que apostillaba:

«La cuestión planteada ha sido ya decidida en resolución firme de toda firmeza -explica la Sala-, de modo que el recurso no puede en modo alguno pretender que, con sentencia del Tribunal Supremo o sin ella, la Sala acepte la utilización de un cauce procesal anómalo o extravagante para vulnerar la vinculación de la cosa juzgada, formal y material, modificando hechos ya declarados probados«.

Toda petición de pruebas, solicitud de investigación,  o cualquier cuestión por la que las víctimas del atentado se han dirigido al estamento judicial ha sido recibida, estudiada y valorada con especial atención y, como se puede comprobar fácilmente comparando con otros casos, se ha tenido en cuenta la especial situación de las víctimas del terrorismo a la hora de extremar los esfuerzos para llegar a hacer justicia de la mejor manera posible.

Pero, mal que les pese, «la justicia que no tiene resultados y la justicia que nunca tiene fin, no son justicia» (Eloy Velasco, juez de la Audiencia Nacional)

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2. ¿Hay algún otro tipo de investigación abierta?

Luis del Pino dijo:

Sí. La Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M, que agrupa a más de 600 víctimas de la masacre, presentó una querella contra el que fuera jefe de los Tedax, Juan Jesús Sánchez Manzano, y su jefa de laboratorio, acusándoles de manipulación de pruebas y falso testimonio. La querella fue aceptada por un juzgado ordinario y ambos mandos policiales se encuentran procesados por ese motivo. A través de esa vía, las víctimas del 11-M han podido conseguir que les entreguen, por ejemplo, los vídeos de la pericial de explosivos y solicitar otras diligencias.

Respuesta:

Luis del Pino MIENTE.

De hecho, difícilmente se pueden reunir más mentiras en menos espacio, salvo que se intente batir un récord.

Empezando por la definición de las personas que integran la AAVV11M, es fácil comprobar que en sus estatutos no se exige a sus asociados la condición de Víctimas del Terrorismo, pudiendo formar parte de ella «aquellas personas mayores de edad, con capacidad de obrar y no sujetas a condición legal que lo impida, damnificadas de una u otra forma por el atentado terrorista del 11 de marzo de 2004» incluyendo, añado, los damnificados económicamente  los sucesos del 3 de Abril de Leganés. Tal vez por ello no se llamó «Asociación de Víctimas» o «de Afectados«, sino «de Ayuda a las Víctimas»

Es una situación perfectamente legal, pero no es lo que Luis del Pino quiere transmitir a sus lectores.

De hecho, y pese a que Luis del Pino y los conspiracionistas insisten en presentarla como «la Voz de las víctimas del 11-M» el número de sus afiliados que tienen reconocido por el Estado la categoría de Víctimas del 11-M es muy inferior a la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo. Por mostrar un simple ejemplo, durante el juicio representó a 12 fallecidos y 103 heridos, por 81 fallecidos y 309 heridos la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo.

La querella admitida a trámite contra Jesús Sánchez Manzano y la Perito TEDAX 17632 difícilmente puede ser llamada «otro tipo de investigación» o «una nueva línea de investigación«, puesto que -además de existir serias dudas sobre las motivaciones ocultas de tales iniciativas- no ha salido a la luz ningún dato que no se conociera durante la investigación del 11-M, o durante el juicio de la Audiencia Nacional.

Efectivamente, la acusación de falso testimonio se basa en que -según la Acusacion- ambos policías declararon que «nunca» o «casi nunca» se mandaban las muestras para analizar a la Policía Científica. Sin embargo, difícilmente puede haberse cometido perjurio cuando, a la pregunta realizada, «nunca» es la única respuesta lógica porque se ha preguntado por un imposible; esto es, remitir las muestras explosionadas a la Policía Científica para determinar la marca comercial.

De la misma manera, la ocultación de pruebas, que se apoya en que Sánchez Manzano no cumplió un protocolo que entró en vigor en 2006, no dará lugar a ningún nuevo descubrimiento. En respuesta a otra pregunta analizaremos más detenidamente las posibilidades de una sentencia condenatoria.

Luis del Pino parece ser consciente de que no van a sacar petróleo precisamente, pues para engordar los supuestos éxitos obtenidos por la vía de la querella contra Sánchez Manzano incluye la entrega de los videos de la pericia.

Flagrante MENTIRA, puesto que, según el propio medio conspiracionista Libertad Digital, el juez Gómez Bermúdez aceptó entregar los videos con fecha 3 de Abril de 2009, varios meses antes de la presentación de la querella contra los dos policías. Por lo tanto, pudo influir en la decisión del Gómez Bermúdez -en todo caso-  lo ocurrido durante el juicio del 11-M o el contenido de las grabaciones, pero de ninguna manera una querella que el juez no conocía.

También presenta Del Pino ante sus seguidores, como consecuencia de la querella, la solicitud de «otras diligencias» que no detalla y no conocemos;  todo hace pensar que, o no existen, o se trata de las diligencias ya rechazadas por la Audiencia Nacional.

Las únicas investigaciones abiertas que merecen tal nombre, por lo tanto, son las que realizan los Cuerpos de Seguridad españoles, siguiendo la instrucción del juez Velasco, en el marco de las ya citadas Diligencias 309/05.

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3. ¿Cuántas personas han sido condenadas por el 11-M?

Luis del Pino dijo:

A lo largo de la instrucción del sumario, fueron detenidas 116 personas, pero sólo 29 fueron finalmente acusadas. En el juicio de la Audiencia Nacional, finalmente, sólo se condenó a 3 personas por su relación con el 11-M. Es decir, sólo tres personas tendrán que indemnizar a las víctimas del atentado. Esos tres condenados son los marroquíes Jamal Zougham y Otman El Gnaoui y el español Emilio Suárez Trashorras. A Jamal Zougham se lo condenó como autor material (es decir, por poner una de las bombas), mientras que a los otros dos se los condenó por participar en el suministro de la dinamita Goma 2-ECO que, según la versión oficial, se utilizó para confeccionar las bombas.

Respuesta:

Luis del Pino NO DICE LA VERDAD.

El Tribunal de la Audiencia Nacional consideró probado que

Sarhane Ben Abdelmajid Fakhet, Jamal Ahmidan, alias El Chino, Mohamed Oulad Akcha, Rachid Oulad Akcha, Abdennabi Kounjaa, Asrih Rifaat Anouar, Allekema Lamari y una octava persona que no ha sido identificada, junto con otras que se dirán, en la mañana del día 11 de marzo de 2004 colocaron, en cuatro trenes de la red de cercanías de Madrid, trece artilugios explosivos de iniciación eléctrica compuestos por dinamita plástica y detonador alimentados y temporizados por un teléfono celular o móvil. 

Los ocho ocupantes del piso, junto con los procesados Rabei Osman Al Sayed Ahmed, Hassan el Haski, Youseff Belhajd, Abdelmajid Bouchar, Jamal Zougam, Basel Ghalyoun, Otman el Gnaoui, Gnaout o Kanoui, Mohamed Larbi Ben Sellam, Rachif Aglif, Mohannad Almallah Dabas, Fouad el Morabit Anghar, Mohamed Bouharrat, Saed el Harrak y Hamed Ahmidan, son miembros de células o grupos terroristas de tipo yihadista que, por lo que ahora interesa, mediante el uso de la violencia en todas sus manifestaciones, pretenden derrocar los regímenes democráticos y eliminar la cultura de tradición cristiano-occidental sustituyéndolos por un Estado islámico bajo el imperio de la sharia o ley islámica en su interpretación más radical, extrema y minoritaria.

Es decir: los atentados del 11-M fueron cometidos por una célula de tipo yihadista, a la cual pertenecian los individuos nombrados en los párrafos seleccionados de la sentencia, y sin duda otras personas no identificadas.

De todos los pertenecientes al comando terrorista que cometió  los atentados sólo han podido identificarse como autores materiales de los mismos, con un grado de certeza suficiente para superar el alto nivel de garantías judiciales que, para nuestra fortuna, disfrutamos en España, Jamal Zougham y Otman el Gnaoui. Y sólo Emilio Suárez ha sido considerado como colaborador necesario, imprescindible y consciente de las implicaciones de su asistencia a la célula terrorista.

¿Es verdad, por tanto, que el resto de condenados por la Audiencia Nacional lo fueron por actos sin relación con el 11-M?

De ninguna manera: como ya hemos visto antes, la Audiencia Nacional los considera miembros del comando que cometió los atentados, aunque no pueda probar, ni descartar -más allá de toda duda razonable- su participación en este atentado concreto.

Y las condenas lo son como miembros del comando que llevó a cabo los atentados: Hassan el Haski (15 años); Youseff Belhajd (12 años); Abdelmajid Bouchar (18 años); Mohamed Larbi Ben Sellam (12 años); Rachif Aglif (18 años); Fouad el Morabit Anghar (12 años); Mohamed Bouharrat (12 años); Saed el Harrak (12 años); Hamed Ahmidan (23 años),  Mohannad Almallah Dabas (12 años, absuelto por el tribunal Supremo); Basel Galyhoun (12 años, absuelto por el Tribunal Supremo); Rabei Osman Al Sayed Ahmed no fue condenado por la Audiencia Nacional porque el Tribunal consideró que la Justicia Italiana ya le estaba juzgando por la pertenencia a la misma organización terrorista por el mismo delito.

A todos los citados, sumemos también los condenados en otros casos por facilitar la huida de los terroristas, por darles cobijo, por reclutar fieles, por colectar fondos para los atentados… ¿No tienen tampoco relación con el 11-M?

Y MIENTE Luis del Pino cuando sugiere, sin decirlo expresamente, que  no ser condenados por su participación material en los hechos excluye taxativamente cualquier tipo de relación con el entorno de los asesinatos del 11-M. Todo lo contrario: la sentencia asegura que existen otros participantes, pero no puede identificarlos más allá de toda razonable. Puede tratarse del resto de los miembros conocidos del comando, pero el grado de certeza no es suficiente.

Y Luis del Pino MIENTE cuando insinúa que el bajo (relativamente) nivel de condenas respecto a las detenciones o acusaciones es señal de debilidad en cuanto a las pruebas obtenidas.

No es cierto: es una característica de los sistemas judiciales de los Estados de Derecho con fuerte arraigo democrático, donde las condenas se producen por una acumulación de pruebas suficientes, y no por presiones gubernamentales, sociales o corruptelas del sistema.

Si a Luis del Pino le parece poco eficaz la labor de nuestra Policía y nuestros jueces a la hora de poner a buen recaudo a los criminales, puede comparar con la situación del juicio -por celebrar- a los autores del 11-Septiembre o de los terroristas que cometieron los atentados de Londres. Y, puestos a reivindicar la esquizofrenia de Suárez Trashorras como prueba de su inocencia, y las diferentes versiones ofrecidas por el ex-minero como prueba de su debilidad mental, repase la edificante historia, con sus autoacusaciones y retractaciones, de Zacarías Moussaoui.

Sin ánimo peyorativo hacia otros países, creo que nuestro sistema policíaco-judicial puede mirarse con la cabeza bien alta en el espejo del resto de países democráticos que sufrieron la oleada de atentados islamistas.

Aunque, en realidad, lo que defiende Luis del Pino no es que haya habido falta de eficacia a la hora de reunir pruebas y llevar a la gente a los Tribunales. Lo que propone, ni más ni menos, es todo lo contrario: que no existen pruebas suficientes de que los acusados cometieran los atentados; por lo tanto, sugiere que, para evitar un escándalo monumental, la Audiencia nacional se vio obligada a condenarles por otros delitos e, incluso, a inventarse acusaciones inconsistentes y crimenes inexistentes.

Y su gran baza para demostrarlo es el escaso -para él y para los demás medios que le sostienen en sus dislates – porcentaje de condenas sobre el número de imputados y que haya habido algunas absoluciones. Tendríamos, así, una curiosa valoración de las sentencias que podríamos llamar el «Derecho Según» (según me convenga) o la «Justicia a peso» (según el número de sentencias condenatorias)

Bien; pero, si eso es cierto, Luis del Pino y demás conspiracionistas deberían aplicar la misma vara de medir, no sólo a la investigación del 11-M, sino también a todos los casos de  la vida política y judicial española de las últimas décadas sobre los que se permita opinar.

Los Tribunales españoles no condenan a los acusados por su catadura moral o por la situación política que se vive, sino por las pruebas que se ha conseguido reunir contra ellos. Sólo si se demuestra que el acusado es culpable -más allá de lo humanamente razonable- el Tribunal fallará contra él. De otro modo, pronunciará la absolución, aunque haya cometido otros crímenes o se esté seguro de que en el futuro vaya a delinquir.

Así funciona nuestro ordenamiento jurídico, nuestras reglas del juego legal. Los medios conspiracionistas lo conocen perfectamente y no es dificil, de hecho, encontrar multitud de ocasiones en que han informado de absoluciones por falta de pruebas, sin por ello acusar a las fuerzas policiales de negligencia o a los jueces de prevaricadores, ni denunciar que las pruebas que la policía ha presentado y los jueces han considerado insuficientes fueran amañadas.

Sin alejarnos del entorno terrorista, podríamos citar, entre muchos otros ejemplos, la absolución por falta de pruebas de tres presuntos etarras en una acusación por asesinato (pese a que estaban pendientes de otros juicios); la absolución de Setién por parte del mismo Tribunal que condenó a Txapote.

Por no extendernos, no citaremos más casos; baste los dos anteriores para que se compruebe que la Audiencia Nacional asienta sus fallos en pruebas, y no en convicciones personales; y que «El Mundo«, al menos en otros tiempos, no acusaba de prevaricación a los jueces que así lo hacían.

Pero no nos olvidemos que Luis del Pino argumenta -y «El Mundo» le apoya- que las contadas absoluciones del juicio del 11-M demuestran que todas las pruebas son falsas, colocadas por la policía; y que los acusados son, en realidad, chivos expiatorios.

¿Encontraremos precedentes de esta toma de posición de los que ahora se suman a la campaña conspiracionista?

Pues, dada la longitud de esta entrada, me limitaré a incluir sólo  una muestra; eso sí, tremendamente demostrativa: La condena de Jarrai, Haika y Segi como asociaciones ilícitas en lugar de como terroristas no se sigue de protestas contra la policía ni contra el juez instructor (Baltasar Garzón ¿les suena?), que les había acusado de cargos que no se pudieron demostrar; no se sospecha que el juez instructor ni la policía hayan «engordado» el sumario o «plantado» las pruebas. No se clama por la inocencia de los absueltos. Todo lo contrario, «El Mundo» manifiesta su desacuerdo tachando de «polémicos» a los jueces y recordando -sin venir a cuento- algunos de sus casos que tuvieron repercusión mediática.

Y no se pierdan lo mejor; es la cita de la cabecera, en la portada:

«La absolución del culpable es la condena del juez« (Publio Siro)

 (Continuará)

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3 respuestas a LAS VEINTIUNA MENTIRAS DE LUIS DEL PINO (I)

  1. Flashman dijo:

    Sugeriría cambiar el título por algo más directo. A efectos de búsquedas en Google los títulos más o menos crípticos aparecen en posiciones menos ventajosas, y pienso que habría que orientar los títulos de las entradas en este sentido. Si alguien busca +mentiras +»del Pino» +»11-M» una entrada titulada «Las mentiras de Luis del pino» o «Las 21 mentiras de Luis del Pino» aparecerá antes en el listado de resultados del buscador que otra en la que el título de más rodeos. No se si me explico.

  2. Pingback: LAS VEINTIUNA MENTIRAS DE LUIS DEL PINO (II) | Desiertos Lejanos

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