OFICIOS Y PROVIDENCIAS, por DESIERTOS LEJANOS

El viernes, día cuatro de Marzo, a una semana del séptimo aniversario de la masacre del 11-M,  «El Mundo» publicó la siguiente información: «La juez da 10 días a Rubalcaba: Identifique a los Tedax del 11-M». El contenido completo de la nota, junto con el desmentido del Ministerio del Interior, y la ratificación del diario, pueden encontrarse en  este enlace.

Los subtítulos de la noticia eran los siguientes:

Ultimátum a Interior de la instructora de la querella contra Sánchez Manzano tras un año de recibir la callada por respuesta

Quiere que declaren los agentes que recogieron los restos en los focos para aclarar por qué se aportaron sólo 23 muestras a la Justicia

Y en el cuerpo de la noticia se decía:

La juez que instruye la causa contra el jefe de los Tedax en el 11-M, Juan Jesús Sánchez Manzano, ha dado un plazo de 10 días al Ministerio del Interior para que le remita la lista de los artificieros que trasladaron los restos de los focos hasta la Unidad Central, dirigida por Manzano.

El ultimátum de la magistrada Coro Cillán llega un año después de que, a petición de las víctimas, el Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid reclamara por primera vez esos datos. Desde entonces, y pese a los recordatorios del juzgado, el departamento que dirige Alfredo Pérez Rubalcaba ha guardado silencio.

Y, más adelante:

Ahora la juez ordena remitir un oficio «al Ministerio del Interior para que en el plazo de 10 días a partir de la recepción del presente, se remita a este juzgado la relación de los funcionarios del grupo Tedax que intervinieron en el traslado de los restos de los explosivos utilizados en los atentado del 11/3/04».

Atiéndase a este último párrafo, que tiene cierto interés; la juez «ordena remitir un oficio» con un plazo determinado de diez días. ¿Podrá afirmarse que ese oficio ha sido ya recibido por el Ministerio del Interior?

Dejo la respuesta en el aire, y continuemos.

La nota del Ministerio de Interior decía:

1.- Es rotundamente falso que el Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid haya dado un «ultimátum a Interior» para que en «10 días identifique a los Tedax del 11-M«, tal y como asegura el diario El Mundo.

2.- El Ministerio del Interior no ha recibido, hasta el día de la fecha y por los conductos habitualmente utilizados, ningún requerimiento de dicho Juzgado solicitando la información referida por el periódico.

3.- Tras realizar las gestiones oportunas, el Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid ha informado de que el pasado 2 de marzo cursó un oficio en el que solicita que se «facilite la relación de los funcionarios de Policía del grupo Tedax que intervinieron en el traslado de los restos de los explosivos utilizados en los atentados de 11 de marzo de 2004 en Madrid, en trenes de cercanías«. Por lo tanto, es rotundamente falso que el Juzgado de Instrucción número 43 haya establecido un plazo concreto para la remisión de dicha información.

4.- Es la primera vez que el mencionado juzgado solicita dicha información y, por lo tanto, es rotundamente falso que el «Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid reclamara por primera vez esos datos» hace un año, tal y como asegura el diario El Mundo.

Básicamente, el Ministerio del Interior afirma no haber recibido «por los conductos habitualmente utilizados» (lo que tiene su interés, pues los medios de comunicación no son conductos válidos) ningún requerimiento para que se le remitiese la información en cuestión, y menos aún en forma de ultimátum fijando una fecha determinada para su entrega.

También afirma que todos requerimientos que se han hecho desde la Justicia han sido atendidos y, hace mención  de un oficio procedente del Juzgado nº 43, con fecha del día 2 de Marzo, solicitando la identificación de los TEDAX que actuaron en el traslado de los restos de explosivos y que, efectivamente, fue atendido en los días siguientes. ¿Existe aquí una contradicción? ¿Cómo dice el Ministerio no haber recibido nada, si está informado de la llegada del oficio remitido el día 2 por el Juzgado nº 43?

Este es el oficio en cuestión

Obsérvese la hora de recepción, al final del documento; y fijese el lector que en este oficio no se da ningún plazo, ni perentorio ni terminante.

Repasemos ahora la Nota de Interior:

Punto 1: ha quedado demostrado que lo que dice Interior es cierto. No existe ultimátum.

Punto 2: La nota del Mº del Interior es de fecha 4 de marzo; el Oficio del Juzgado se recibió en el Ministerio el mismo día 4, a las 10:43 horas. Es posible -más bien es SEGURO- que en el momento preciso de emitirse la nota, el Oficio del Juzgado aún estuviese en registro y no hubiese llegado a la unidad destinataria.

Punto 3: aunque hasta el momento no se había recibido el oficio del día 2 de Marzo, al parecer se realizaron determinadas gestiones -posiblemente una llamada de teléfono o similar- donde se informó al Ministerio que, efectivamente, dos días antes habían emitido un oficio que estaría por llegar; al parecer, incluso, fue leído al interlocutor del Ministerio de Justicia, puesto que se entrecomilla una frase que es transcripción textual del documento; con ello, la nota de prensa puede afirmar que no existe ultimátum.

Punto 4: Todo lo anterior nos deja este punto como el único que puede ser objeto de discordia, y de hecho es el clavo ardiendo al que se han agarrado los conspiracionistas de «El Mundo«, después de una de las «rectificaciones» a las que nos tienen acostumbrados los «héroes» del diario de Pedro Jota Ramírez, escondida en una maraña de falsedades de un artículo del 6 de Marzo de 2001.

¿Han buscado la «rectificación«? No cansen su vista, está al final de uno de los párrafos centrales: «En ese oficio, fechado el miércoles como la providencia de la que se deriva, sí se piden los datos que reflejaba EL MUNDO, aunque sin referencia a los plazos.»

Pero si interesante es el reconocimiento de «El Mundo» -aunque lo haga de tapadillo, quitándole importancia, y rebozando entre sus acostumbradas patrañas – de que había mentido o estaba equivocado en cuanto al ultimátum emitido por el juzgado nº 43 el día 2 de Marzo, más lo es indagar  la Providencia que en Marzo de 2010, dictó la juez Coro Cillán, y que presenta “El Mundo” como prueba de que dice la verdad, y de que Rubalcaba (tradúzcase por Ministerio del Interior) miente.

Léanla con atención. La fecha, correcta; o al menos, parece dar la razón al diario.

Efectivamente, se hacen referencias a diligencias anteriores (9 y 25 de Febrero de 2010) en las que se pidieron determinadas informaciones -que al parecer  no fueron atendidas- y apercibe al  Ministerio de que puede ser acusado de desobediencia. Y, por otro lado, se da un plazo para atender a los requerimientos.

¿Interesa este requerimiento a la averiguación de los TEDAX que trasladaron las  piezas de convicción del 11-M? Obviamente, no, puesto que en el siguiente párrafo se hace referencia expresa a la petición de las muestras, como una cuestión añadida (“Asimismo”, dice la diligencia); importante, sin duda, pero no hay una petición repetida y desatendida, ni un plazo para proceder.

De hecho, volviendo al primer párrafo, podemos sugerir sin temor a equivocarnos que el requerimiento que reitera y para el que se fija un plazo trata de los datos de los protocolos de actuación de los TEDAX y Policía Científica. En realidad, son datos que figuran el Sumario, en poder de la peticionaria Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M desde hace años, y en manos -sabe Dios desde cuándo- de Pedro Jota Ramírez, que hizo entrega de ellos a la propia AAVVMM cuando le pareció oportuno para sus fines propagandísticos,

Centrándonos en el plazo concedido, no podemos por menos de sentir cierta perplejidad, puesto que se marca un periodo minínimo [sic] de cinco días para la contestación. Subsanada la evidente errata a mínimo, debemos conceder que nos encontramos ante una equivocación de quien redacta el oficio; de lo contrario, no se entendería tanta prisa, tanta amenaza, tantas idas y venidas, para terminar requiriendo que no le manden los datos antes de cinco días.

Ahora bien, volviendo a lo serio, parece evidente -dirá el lector de “El Mundo”- que, demostrado que no hubo ultimátum en el oficio del 2 de Marzo del 2011, ni requerimientos repetidos de identificación de los agentes TEDAX, al menos puede afirmarse que “El Mundo” no metía en cuanto a que hubo un ultimátum en Marzo del 2010 y que ya entonces se pidieron datos del agente TEDAX, hace ahora un año.

Pues… no es tan sencillo, amigo lector de “El Mundo”. Interior nunca ha negado que se le requiriese repetidamente los datos de los protocolos; simplemente, se negó a entregarlos porque oficialmente (y a pesar de que los tengan personajes de catadura tan dudosa como Luis del Pino) son secretos. De hecho, en este enlace (ahora de pago) «El Mundo» ya deja claro que Interior recibió la petición y la rechazó por la razón antes comentada.

 La instructora requirió al Departamento dirigido por Alfredo Pérez Rubalcaba una serie de documentación. Pero desde Interior se le denegó la información aduciendo que era «material secreto».

En cuanto al resto, la pregunta clave es si recibió ese requerimiento en los exactos términos de la Providencia que presenta “El Mundo”, o no.

Y casi seguro, no fue así. La Diligencia que presenta “El Mundo” es una Providencia. Consiste (y leo la LOPJ) en una “resolución de un órgano judicial que tiene por objeto la tramitación y ordenación material del proceso, cuya formulación se realiza mediante la expresión del juzgado o tribunal que la dicta seguida de su contenido sustantivo, aunque sin exposición ni motivación de ninguna clase».

Para que se entienda bien, una cosa es la «Providencia» es decir el acto judicial por el cual el juez, en este caso, expresa su deseo de que se solicite información y otra el «Oficio» que es el procedimiento administrativo -documento- en el que se concreta dicha solicitud. Corresponde a quien acusa -“El Mundo”, en este caso- demostrar que en el Oficio que se emitió a raíz de la Providencia de hace un año (la de fecha 9 de marzo de 2010), figuraba ya el requerimiento de los números de los Tédax que recogieron muestras.

Y “El Mundo” no aporta el Oficio. ¿No lo tiene? Parece dudoso que tenga la Providencia y no el Oficio, máxime si recordamos la especial habilidad del diario para conseguir documentos de una u otra manera.

¿No se redactó el Oficio? Posible -despistes más graves ha habido- pero no debemos considerar esta posición por el momento

¿Existe el Oficio, pero no dice lo que afirma “El Mundo”; esto es, no figura el requerimiento de los números de los TEDAX que recogieron muestras? Pues… podría ser; después de todo, la petición a la que todos han dado más importancia desde el principio es la de los protocolos.

Y aún debería probar que el Oficio fue recibido en tiempo y forma por quien le puede dar respuesta en el Ministerio del Interior; de lo contrario, no ha lugar a la mentira.

En todo caso, para quien haya prestado un poco de atención al asunto del conspiracionismo, la credibilidad de “El Mundo” es mínima.

Demuestre con pruebas lo que dice. Si no… ¿Por qué, después de lo visto, debemos creer a El Mundo y no al Ministerio?

Esta entrada ha sido publicada en Autores Conspiracionistas, Comentaristas, Consideraciones jurídicas, Editorial, Metodología Conspiracionista, Otros El Mundo, Pedro J. Ramírez, Sitios Anticonspiracionistas, Tipos de Explosivo y etiquetada como , , , , , . Guarda el enlace permanente.

8 respuestas a OFICIOS Y PROVIDENCIAS, por DESIERTOS LEJANOS

  1. Flashman dijo:

    Prueba de comentario.

  2. morenohijazo dijo:

    Mi primera elección como título iba a ser «LA DILIGENCIA», pero no quise tomar a chufla un comentario que luego iba a ser en nombre de todos (gracias a la colaboración de Gavilán, Viana, etc)

  3. Alberto dijo:

    «En todo caso, para quien haya prestado un poco de atención al asunto del conspiracionismo, la credibilidad de “El Mundo” es mínima.»

    Pues es mínima para una mínima porción de la población.

    En definitiva: una juez está investigando, y el Ministerio no se lo está poniendo fácil.

  4. jose dijo:

    Me parece muy interesante el artículo. Pero hay una cosa que me llama la atención en el oficio: observo que el número de página de fax (arriba a la derecha), aunque está cortado -qué casualidad?-, parece que es el 10!, lo que da asuponer que iría anticipando dicho oficio tanto la resolución como la providencia de que se trata… Me equivoco?

  5. Alberto dijo:

    ¿Por qué ha eliminado mi mensaje?

  6. Alberto dijo:

    Quieto, que está ahí.

  7. Lior dijo:

    Hay un error sin importancia en la primera parte del artículo.

    «El viernes, día cuatro de Abril» y debiera ser «Marzo», obviamente 🙂

  8. morenohijazo dijo:

    Corregido

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *