La demanda de Sánchez Manzano contra "El Mundo" (I), por Errante

¿Había algo de nuevo en el «Informe- Libro Iglesias»? ¿No había sido antes prefigurado enlas páginas, y por los colaboradores de «El Mundo». Errante hizo un excelente trabajo revisando la demanda del ex Jefe de los TEDAX, Sánchez Manzano, contra dicho medio de comunicación y, quien lo lea, podrá sacar conclusiones sobre las preguntas iniciales. Nota: El trabajo ha sido adaptado para espacio de entrada de blog

Para mayor comprensión -y para facilitar  su lectura a simple golpe de vista sin acudir a enlace-, de la actual campaña contra Sánchez Manzano, FyCSE y, en definitiva, la «sentencia de Gómez Bermúdez«, transcribo parte de la demanda del comisario contra «El Mundo» en lo que esté afectada por el «informe Iglesias» (¿Cui Prodest?).

Dicho «Informe, en realidad, es un panfleto propagandistico y pretendidamente auto exculpatorio, destinado a mantener viva la criatura conspiranoica coincidiendo con la inminencia de juicios contra sus padres materiales e intelectuales, procurando hacer el máximo de ruido,  intentando manipular a la opinión pública menos informada y -agitando las bases peonas de los más intoxicados- predisponerla contra los demandantes/querellantes

A estos últimos, mediante burdas maniobras sin apenas recorrido legal (pero sí mediático) se les pretende trasladar la carga probatoria,  eternizando un debate imposible en la sociedad, que, aunque judicialmente se resuelva una vez más contra los intereses de los demandados, al menos consiga elevar la sospecha a la categoría de mito y sirva para recurrir otra vez al victimismo ad infinitum.

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID
(Para reparto)
Dª MARIA TERESA RODRIGUEZ PECHIN, Procuradora de los Tribunales y de JUAN JESUS SANCHEZ MANZANO, según tengo acreditado con el PODER PARA PLEITOS que, con cláusula especial, acompaño como DOC UNO, ante el Juzgado comparezco y, respetuosamente, DIGO:

Que en virtud de la representación que ostento vengo a interponer DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO en reclamación de la cantidad de TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000 €) en concepto de indemnización por daños y perjuicios y demás medidas que se solicitarán más adelante, POR VULNERACION DEL DERECHO AL HONOR DE JUAN JESUS SANCHEZ MANZANO, de acuerdo a los postulados previstos en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.

La demanda se dirige frente a las siguientes personas y entidades:

.- Casimiro García-Abadillo Prieto…

.- Pedro José Ramírez Codina …

.- Diario El Mundo (Grupo Unidad Editorial), en su calidad de responsable civil.

.- Federico Jiménez Losantos…

.- Fernando Múgica de las Heras…

Resulta curioso que el Domicilio legal de todas estas personas, a efectos de esta querella, sea del Diario «El Mundo«. Incluido Federico, que como veremos es acusado de cosas que dijo en la COPE…

El domicilio social del Diario EL MUNDO es el sito en la c/ Pradillo, 42, 28002, Madrid.

Se basa la presente demanda en los siguientes

HECHOS

PRIMERO: Como es sobradamente conocido, el 11 de marzo de 2004 se produce en Madrid el mayor atentado de la historia de Europa, causando 191 muertos y 1.843 heridos. En esas fechas mi mandante ocupaba el cargo de comisario jefe de la
Unidad Central de Desactivación de Explosivos y NRBQ, esto es, de los TEDAX.

Desde el inicio de las investigaciones, ciertos medios periodísticos comenzaron una campaña mediática, sin precedentes en la Historia de España y de la historia de la lucha antiterrorista, de descrédito de las instituciones policiales, y más concretamente, de las líneas investigativas que llevaban en ese momento las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con tergiversaciones de datos del sumario, sacados fuera de contexto y manipulados a conveniencia, e incluso con flagrantes mentiras. Desde el Diario El Mundo se inicia, como decimos, una campaña que pretende desacreditar tanto los resultados de la investigación policial como a los funcionarios públicos que encarnan o están al frente de determinados departamentos especialmente involucrados en la investigación. Son las llamadas por otros medios periodísticos “teorías conspirativas”, teorías que han llegado a plantear la connivencia del partido que ganó las elecciones en el año 2004, el PSOE, con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los terroristas perpetradores de los atentados para provocar el cambio en el Gobierno, sin importarles la causación de víctimas para lograr sus objetivos.

A continuación un botón de muestra: CARTA DEL DIRECTOR, aparecida en el Diario El Mundo el domingo 28 de agosto de 2005, titulada: “¿Y si lo hizo un Policía?”:

“Todo sugiere que el pánico de Su Señoría a enfrentarse con la alta probabilidad de que el cometido clave para la consumación de los atentados fuera desempeñado por un teórico servidor del orden ha sido estimulado por una Fiscalía cuya visión políticamente correcta de la masacre habría quedado descoyuntada por la detección de Kalaji. Si eso hubiera sucedido, las migas de Pulgarcito podrían haberse trocado súbitamente en piezas de dominó y elementos como la personalidad y conducta del coronel Hernando, la personalidad y conducta del comisario Sanchez Manzano – el que por tres veces parece haber engañado al Juez sin que éste pestañee– , la proliferación de confidentes por todos los rincones de la trama y el propio papel del CNI con Huarte y otros agentes merodeando por las inmediaciones habrían empezado a ser vistos de otra manera por la ciudadanía. Y mi diagnóstico de que el 11-M se engendró muy probablemente en el seno –o por lo menos en el regazo—de los aparatos del Estado adquiriría una creciente virtualidad”.

La demanda desarrolla un esquema de la manera de actuar de los conspiracionistas:

…las personas y medios que en el presente escrito se demandan abren varios frentes de “sospecha”. La técnica utilizada es simple: se extraen datos sueltos del sumario 20/04, de forma descontextualizada e incompleta, deduciendo de ellos unas conclusiones asombrosas. Todo ello supuso un entramado de consideraciones, hipótesis, planteamientos y conclusiones que, en la presentación de las conclusiones de la Vista Oral del 11-M, fueron denominados por el Fiscal “juicio paralelo”. De hecho, desde la comisión de los atentados y a lo largo de estos tres años, el diario El Mundo ha publicado todos los días alguna noticia o dato relacionado con los atentados, por nimio que fuese, incluso reiterando las del día anterior, justificando tales publicaciones con su “empeño en conocer la verdad” de lo sucedido.

Introducción «a su pesar», del Comisario Sánchez Manzano

Gran “protagonismo”, muy a su pesar, lo ha tenido mi mandante, Juan Jesús Sanchez Manzano, como Jefe de la Unidad Tedax. Sobre él han recaído diversas acusaciones (periodísticas, se entiende) y se le han realizado imputaciones directas en varios temas relacionados con la investigación, alguno de ellos alejados de sus funciones como comisario o de las competencias de la unidad policial que él dirigía.

A continuación, y después de advertir que sólo incluyen aquello que afecte al honor de Sánchez Manzano, y que incluirán también citas de otros colaboradores de «El Mundo» no demandados, pero que serviran para mostrar lo intenso de la campaña de desprestigio del diario, introduce la exposición:

Para una mayor claridad en la exposición, dividiremos la presente demanda por materias, relacionadas con las líneas investigativas y las diversas imputaciones calumniosas e injuriosas vertidas contra mi representado. Dentro de esa división, pretenderemos fijar:

a) El hecho objeto de la noticia u opinión.
b) Las expresiones o mensajes lesivos relacionados con el mismo.
c) La falta de veracidad y ausencia de diligencia para contrastarla.

Asimismo, se dividen los ataques al honor de mi representado en bloques temáticos, siendo los mismos los siguientes:

3,1.- Supuesta relación del Jefe de la Unidad Tedax con Carmen Toro.
3,2.- Existencia de un componente ajeno a dinamitas (metenamina) en los análisis de los Tedax y de Policía Científica.
3,3.- Custodia- Análisis de las muestras de explosivos

3.4.- Móviles de ETA
3.5.- Tarjeta de Teléfono en el artefacto bomba desactivado
3.6.- Bolsa-mochila desactivada (“mochila de Vallecas”).
3,7.- Radiografía
3,8.- Especial referencia a Fernando Múgica.
3.9.- Sobre las declaraciones en el juicio
3,10.- Otras informaciones publicadas. Especial referencia a Federico Jiménez Losantos y Luis del Pino.
3,11.- El Mundo después de la Sentencia

A nosotros, como podéis imaginar, lo que nos interesa son los puntos 3.2 y 3.3, cuya relación con el libro «Titadyn» es evidente.

A partir de aquí hablaré poco; nada mejor que escuchar cómo Sánchez Manzano, por boca de su abogado, demuestra que no hubo ninguna ocultación de metenamina, ni manipulación alguna por su parte:

3,2.- EXISTENCIA DE UN COMPONENTE AJENO A DINAMITAS (METENAMINA) EN LOS ANALISIS DE TEDAX Y DE POLICIA CIENTIFICA.

3,2,1.- Hecho objeto de la noticia.

Otro tema “estrella” en las sucesivas ediciones de El Mundo desde la comisión de los atentados ha sido la “averiguación” del tipo de explosivo que estallaron en los trenes. La determinación del concreto explosivo que estalló en los trenes era, para los partidarios de la teoría conspirativa el dato fundamental para determinar su autoría. La banda terrorista ETA había utilizado en ocasiones anteriores el explosivo denominado Tytadine, en cuya composición esta la nitroglicerina. Los análisis efectuados el mismo día de los atentados por TEDAX y por Policía Científica arrojaban como componente mayoritario de los explosivos el nitroglicol, no la nitroglicerina. El nitroglicol forma parte de la dinamita cuyo nombre comercial es GOMA 2 ECO, pero no del tytadine.

La misma noche del 11 de marzo de 2004, se recibe en la Unidad Central, procedente de policía científica, los resultados analíticos del explosivo hallado en la furgoneta Kangoo y de la muestra patrón, obrante en el conocido informe 173-Q1-04.
En el mismo constan los componentes de ambas sustancias, los cuales se corresponden con los de la dinamita Goma 2 ECO.

Con el objetivo de tener informado al Gobierno a las 22,30 horas de ese mismo día, tanto la Unidad Tedax como Policía Científica enviaron este informe pericial a la Subdirección Operativa.

Después de la desactivación de artefacto explosivo en Vallecas en la madrugada del día 12, se elabora una nota informativa que se envía a la Subdirección General Operativa –no al juzgado- sobre las 10,00 horas. En el apartado sobre sustancia explosiva de la bolsa de Vallecas se dice: En las pruebas analíticas, aún no finalizadas, los resultados obtenidos hasta el momento, confirman que se trata de la misma sustancia que la hallada en la furgoneta Renault, ya mencionada, que a su vez se corresponde con la muestra patrón de DINAMITA GOMA 2 ECO.Los laboratorios de TEDAX no habían hecho constar la presencia de la metenamina en las analíticas.

Al día siguiente, en la Unidad Tedax se recibe de Policía Científica el informe pericial sobre estos análisis, el 173-Q2-04, que, como el anterior, se remite por FAX a la Subdirección General Operativa y se adjunta a las Diligencias 1.304, ya referenciadas, que se incorporan al sumario el día 18 de marzo. En este informe figura expresamente: “coinciden en todo menos en lo de la metenamina”. En dicha nota informativa del día 12 lo que se comunica es que, a partir de la muestra patrón, en los análisis queda establecido que ambas sustancias: la de la furgoneta Renault Kangoo y la de Vallecas, son DINAMITA GOMA 2 ECO. No se especifican componentes, ni se habla de metenamina.

El 16 de marzo se elabora otra nota informativa sobre varias cuestiones, una de ellas referida, de forma genérica, al explosivo incautado. En las conclusiones, al hablar de dinamita incautada (furgoneta y Vallecas) se toma como referencia el primer informe de Policía Científica, el 173-Q1-04 donde había aparecido metenamina. Esta nota informativa se remitió al superior jerárquico, no al juez.

El jefe Tedax elabora un informe pericial remitido al Instructor el 27 de abril de 2004. En él se utiliza tan sólo el primer informe de Policía Científica 173-Q1-04, donde consta la metenamina, así, dicen: En la correspondiente analítica realizada a muestras de la referida sustancia, en el Servicio Central de Análisis Científicos de la Comisaría General de Policía Científica, se detectó la presencia de Nitrocelulosa, Nitroglicol, Nitrato Amónico, Ftalato de Dibutilo, Metenamina y Carbonato Cálcico, componentes estos habituales de las dinamitas”.

A dicho informe pericial, remitido al juez, se ADJUNTAN los dos informes de P.C.: el 173-Q1-04 y el 173-Q2-04. En este último consta:coinciden en todo excepto en lo de la metenamina. La Comisaría General de Policía Científica elevó dichos informes por su propia cadena de mando. Y los remitió también al juez de instrucción.

Es decir, que los dos informes de Policía Científica habían llegado al sumario por tres vías distintas: instructor de diligencias, TEDAX y Policía Científica. Quien consultara el sumario (juez, fiscal, defensas, acusaciones…. y los periodistas que, por procedimientos inadecuados, tuvieran acceso al mismo) podía perfectamente contrastarlo en tres apartados o tomos diferentes.

Para la unidad central TEDAX, como Centro Nacional de Datos de Bombas, desde el primer momento, la presencia de metenamina carecía de importancia alguna y para el juez de instrucción también, ya que teniendo conocimiento al mismo tiempo que los TEDAX, no solicitó nuevos estudios sobre la presencia de esta sustancia hasta un año después, cuando a través del Juzgado Central de Instrucción, nº 3 que instruía el fallido atentado contra el AVE, la Guardia Civil solicitó información al respecto.

En base a esa petición, el juez instructor del 11-M requiere informe a Policía y Guardia Civil. El 20 de abril de 2005, la inspectora química elabora y firma un “Informe Pericial sobre Sustancias Químicas y Explosivos”, con el visto bueno” de mi mandante, donde se da explicación detallada de la presencia de metenamina en la dinamita del resto de cartucho de la Kangoo y en la dinamita patrón, especificando que, desde un principio, fue considerada un contaminante, careciendo de relevancia en la investigación del explosivo. Al ser una sustancia ajena a la composición de cualquier tipo de dinamita, su inclusión podía ser obviada. Como veremos, así lo hizo la Guardia Civil.

Corto un momento aquí para señalar que, pese al empeño de «El Mundo» (y de Iglesias) en atribuirle a Sánchez Manzano la responsabilidad de la realización personal de los análisis e informes, su papel fue meramente dar el «Visto Bueno» y aprobar las actuaciones de sus subordinados. Sigo:

En estas fechas (abril de 2005), el Servicio de Criminalística de la Guardia Civil informa al Juzgado de Instrucción número seis, dejando meridianamente clara esta cuestión. Según escrito de conclusiones de 31 de octubre de 2006, de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, página 173, haciendo referencia a extractos de los informes de la Guardia Civil: 1526/Q/04 de 4 de agosto de 2004, sobre el explosivo del AVE y a su ampliatorio 1735/Q/05 de 28 de junio de 2005, dice: : “Que tras efectuar en su día los análisis necesarios, se concluyó que los únicos componentes explosivos encontrados son los pertenecientes a la composición de la dinamita. También se detectaron metenamina y estearato de metilo, los cuales no fueron incluidos entre los resultados obtenidos por no ser inherentes a la composición GOMA 2 ECO, careciendo de carácter explosivo”.

Explica la presencia de metenamina en la Goma 2 ECO, de la siguiente forma: ­ «Los estudios realizados determinaron que dichos compuestos son el nitrato amónico y el nitroglicol. Una vez mezclados, siendo el metanol el medio de reacción y bajo las condiciones de trabajo del cromatógrafo de gases, se produce metenamina.

La metenamina se genera “in situ” en el cromatógrafo de gases, descartando contaminación de los precursores en la planta de producción, o de la propia dinamita como consecuencia del almacenaje.»

Es decir, la aparición de metenamina en los informes de Policía Científica no fue en ningún momento ocultada por la Unidad Tedax al Juzgado; dicho componente era un componente ajeno a la composición de los explosivos, y, posteriormente, la Guardia Civil explica la aparición de metenamina como reacción química en el cromatógrafo de gases. Todo ello es conocido por los demandados, que sin embargo, continúan realizado ante la opinión pública las más disparatadas tesis sobre dicho componente, imputando a mi mandante la manipulación de las muestras y de los resultados de los análisis.

Destacamos, además, que en todos los informes de los análisis de los TEDAX se refería la composición de los explosivos como “componentes genéricos de la dinamita”, no descartando ningún tipo de dinamita (goma dos eco, goma dos ec,
titadyne….)

En realidad, como hemos visto, la expresión que usó la perito Químico TEDAX (la única expresión que podemos considerar original) fue la de «componentes habituales de la dinamita«. Fueron los propios conspiracionistas los que hicieron aparecer la palabra «genéricos«, como para hacer creer a los que lo leyesen que la Perito no había hecho análisis concluyentes, que no se había mojado

Es el momento de hacer un pequeño stop. A la espera de publicar la segunda parte…

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2 respuestas a La demanda de Sánchez Manzano contra "El Mundo" (I), por Errante

  1. morenohijazo dijo:

    Al poner la etiqueta «more» se me descuadra.

    Tengo una idea de lo que puede osurrir. Cuando pueda, lo probaré…

  2. Pingback: Desiertos Lejanos » Blog Archive » La demanda de Sánchez Manzano contra “El Mundo” (II), por Errante

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