LAS VEINTIUNA MENTIRAS DE LUIS DEL PINO (IV)

Tras la necesaria digresión para ocuparnos de la serie de embustes de otro estupendo mentiroso, Antonio Iglesias, volvemos a retomar el Catecismo Conspiracionista de Luis del Pino donde lo habíamos dejado:

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10. ¿Quién dio la orden de destruir los trenes?

Luis del Pino dijo:

Tampoco se sabe. Nadie se atrevió a dejar constancia escrita de la orden de destrucción. Pero lo que sí existe es una orden del juez Del Olmo autorizando que se destruyeran todos los efectos no reclamados por las víctimas, efectos que hubieran permitido hacer ulteriores análisis. Aquellos efectos de las víctimas del 11-M fueron quemados en el vertedero de Valdemingómez.

Respuesta:

Es un CONJUNTO DE FALSEDADES, Sr. Del Pino.

Como ya se ha comentado en anteriores entradas, el artículo nº 326 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dice así:

Cuando el delito que se persiga haya dejado vestigios o pruebas materiales de su perpetración, el Juez instructor o el que haga sus veces los recogerá y conservará para el juicio oral si fuere posible, procediendo al efecto a la inspección ocular y a la descripción de todo aquello que pueda tener relación con la existencia y naturaleza del hecho.

La conservación de los vagones afectados por las explosiones -que son, como ya se ha dicho, escenario, y no arma del crimen, como tantas veces se empeñan en decir los conspiracionistas- hasta la celebración del juicio oral era manifiestamente imposible, por razones de índole moral e incluso de Salud Pública -por contener sangre, restos humanos, etc-, por lo que el juez instructor procedió a ordenar inspecciones oculares, dictámenes periciales,  informes técnicos y extracción de las todas las pruebas necesarias.

No lo decimos nosotros; es el Tribunal Supremo, en el Auto que desestimó la demanda interpuesta por el Sindicato «Manos Limpias» contra el juez instructor Juan del Olmo y la fiscal Olga Sánchez (obsérvese que en el documento se cambian los nombres de los demandados) quien da todas las razones pertinentes:

a) A lo largo de las actuaciones obran los distintos y pormenorizados dictámenes periciales, sobre los objetos encontrados en los restos de los vagones afectados por las explosiones, y sobre estos mismos, a fin de determinar la etiología, forma y características de las explosiones sufridas.- b) En el Tomo 145 del Sumario, folios 53.799 y ss. obra un completísimo informe conjunto de expertos de TEDAX y GUARDIA CIVIL, sobre los restos de los vagones, planteándose incluso la posibilidad de reproducir la deflagración, lo que se desestima por razones técnicas.- c) La conservación y destino de los vagones en cuestión -una vez hechos en ellos todas las pericias que se estimaron necesarias- corresponde a su legítimo propietario (RENFE), que además cuenta con lugares apropiados para ello.

Y, de propina, responde la duda expresada por Del Pino en esta pregunta: es RENFE el propietario de los vagones; por lo tanto, es RENFE quien da la orden de estudiar la viabilidad de reparar los vagones y, una vez obtenidos presupuestos, es RENFE quien da la orden de destruir unos vagones y reparar otros.

En el Sumario figuran (tomo 80, 24532 a 24654) certificados de RENFE aportando a la causa la valoración patrimonial de los daños causados por el atentado cometido por los terroristas, cuestión relevante para determinar indemnizaciones y condenas; no figura, en cambio, la orden escrita de RENFE de destruir los vagones irreparables, no porque «nadie se atreva a dejar constancia escrita«, sino porque no tiene ningun interés para el caso.

Curiosamente, la comparación -absolutamente improcedente- entre «vagones» y «efectos de las víctimas» que hace Del Pino, deja bien a las claras la FALSEDAD de su postura; efectivamente, las personas que perdieron sus efectos personales  en los atentados pudieron recuperarlos del dispositivo organizado por el juez Del Olmo -cuyos detalles generales pueden consultarse en el folio 49 del Tomo 1- y los conservaron o destruyeron según su deseo sin que conste que «Manos Limpias» les haya atosigado a demandas ni Luis Del Pino les haya apuntado con su artillería dialéctica.

Sólo los efectos sin dueño conocido -aquellos que, tras un plazo prudencial, no habían sido reclamados- han sido objeto de la disposición del Juez Del Olmo para ser destruidos, tras ser revisados para obtener la información posible.

Y esta destrucción es totalmente acorde a la legalidad, y MIENTE Luis del Pino, cuando se queja de que se han perdido oportunidades para hacer análisis posteriores. Todos los análisis y las exploraciones necesarias ya se hicieron en su momento, y el caso contra los acusados en el Juicio del 11-M ha reunido una carga de pruebas impresionante, mucho mayor que la de juicios similares a lo largo de todo el mundo. La postura de Del Pino y los conspiracionistas ha consistido en rechazar, sistemáticamente, aquellas evidencias que no se conformaban con sus teorías -o sea, casi todas- de manera que pretender que «ulteriores análisis» fueran a ser los definitivos y concluyentes representa una táctica dilatoria.»La justicia que no tiene resultados y la justicia que nunca tiene fin, no son justicia»

Y ¿qué decir de la información del lugar de destrucción de algunos vagones? Pues que, para ser la única verdad del párrafo,  resulta absolutamente irrelevante.

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 11. ¿Los trenes se conservan en otros casos?

Luis del Pino dijo:

Se conservan siempre, porque así lo marca la Ley. En el accidente del metro de Valencia, por ejemplo, el tren se conservó durante años bajo una lona, para que las compañías de seguros pudieran realizar cuantas peritaciones desearan.

Respuesta:

Luis el Pino MIENTE.

Los trenes no se conservan siempre ni se conservan porque lo mande la ley. Ya hemos visto que el artículo nº 326 ordena recoger y conservar «si fuera posible» las pruebas materiales  o vestigios dejados tras la comisión del delito, y también creo que ha quedado suficientemente claro que los trenes, que Del Pino llama unas veces «arma del crimen«, otras asimila a «efectos personales» y otras trata como » prueba material«, son -a lo sumo- escenario del crimen, y ha quedado acreditado por el Tribunal Supremo -en el Auto citado más arriba- que se extremaron los trabajos de inspección y de confección de informes periciales.

Comparar dos hechos tan dispares como son los atentados de Madrid y el accidente del Metro de Valencia sólo lo hace un MENTIROSO como Luis del Pino, y resulta fácil apreciar las diferencias.

La razón de que los vagones del Metro de Valencia se conservaran durante mucho tiempo después del accidente no es el imperativo legal genérico, sino que, entre las muchas explicaciones posibles del siniestro, existían algunas relacionadas con la posibilidad de fallo mecánico de las estructuras del tren: por ejemplo, la rotura de uno de los ejes, un fallo en los sistemas del freno de servicio o del freno de emergencia, etc. También aconsejaba la conservación, como el propio Del Pino reconoce implícitamente, la posibilidad de acordar indemnizaciones a las víctimas o sus familias cuya cuantía y responsable pudieran variar diametralmente en virtud de las peritaciones que se realizaran para conocer el fallo que motivó el accidente.

No es el caso de los atentados de Madrid, puesto que la causa estaba completamente identificada desde pocas horas tras los atentados (explosiones con dinamita introducida en los trenes por terroristas) y, una vez extraídas de los vagones las pruebas necesarias por los investigadores, ninguna falta hacía conservarlos durante meses y meses. Tampoco existía la posibilidad de ningún fallo humano ni mecánico que obligase a RENFE, los fabricantes de los trenes, o las compañías de seguros, a hacer frente a responsabilidades subsidiarias.

Por otro lado, si Luis del Pino desea ofrecernos ejemplos de comportamientos de los jueces de instrucción y las Fuerzas de Seguridad del Estado en la investigación de casos similares al 11-M, debería limitarse a aquellos casos en los que el conocimiento de los hechos ya sucedidos no haya introducido un sesgo en el ejemplo presentado. Así, después de los atentados del 11-M se extremó la vigilancia sobre los grupos islamistas, pero de ello no cabe deducir necesariamente que hubiese una negligencia por levantar la vigilancia sobre algunos de los miembros del comando que actuó en el 11-M. Los protocolos de recogida de vestigios de explosivos se modificaron en 2006, pero ello no puede aplicarse para afirmar que en 2004 los TEDAX inclumplían los protocolos entonces en vigor. De la misma manera, es posible que la feroz campaña conspiracionista contra los partidarios de la Versión Oficial (campaña que nunca se había visto en nuestro país, y en la cual Del Pino participó activamente) haya hecho extremar la precaución de los jueces a la hora de permitir la destrucción de ciertos objetos, sin que de ello pueda deducirse que la instrucción del 11-M fue inadecuada.

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12. Si se destruyeron los escenarios del crimen, ¿cómo se pudo realizar ninguna investigación?

Luis del Pino dijo:

Pues porque, al mismo tiempo que se destruían los trenes, comenzaron a aparecer pruebas fuera de los trenes (concretamente en dependencias policiales), lo que invita a sospechar que se produjo no sólo una destrucción deliberada de pruebas, sino una sustitución de las pruebas originales por otras.

Respuesta:

Es otra FALSEDAD, compuesta de un cúmulo de despropósitos y mentiras; no existe relación entre la devolución de los trenes a su propietario, la reparación por RENFE -a través de empresas especializadas- de algunos de los vagones y la destrucción de aquellos irremediablemente dañados, y la aparición de cientos de pruebas que comenzaron a aflorar ya desde el día 11-marzo.

Para empezar, la mochila de la estación de El Pozo -comúnmente llamada «de Vallecas«- reapareció (tras haber sido transportada inadvertídamente con otros objetos de las víctimas) en la comisaría de Policía de Puente de Vallecas en la madrugada del día 11 al 12, antes del Auto de del Olmo devolviendo los vagones a sus propietarios.  Podemos encontrar sendos relatos del hallazgo en las declaraciones de la agente nº 88163 y de su compañero nº 79146, y un relato de la investigación que llevó a cabo el juez Del Olmo sobre el «extravagante periplo» de la prueba, hasta concluir que la cadena de custodia se había preservado, en el Auto de Procesamiento (Pg 57 a 72).

El hallazgo de  la furgoneta Kangoo en Alcalá también ocurrió muchas horas antes de que Del Olmo pensase siquiera en «desprenderse» de los trenes, como testificó, entre otros muchos, el Jefe de la Policía Científica de Alcalá. La Inspección que permitió encontrar varias decenas de pruebas, algunas tan importantes cono los detonadores y restos de GOMA 2 ECO, se llevó a cabo en las primeras horas de la tarde del día 11 de Marzo, como testificó el agente de la Policía Científica nº 75036.

Las pruebas encontradas en la furgoneta Renault Kangoo y la mochila encontrada en la Comisaría de Vallecas hicieron que las investigaciones apuntaran hacia las minas de la empresa Caolines de Merillés en la zona de Cangas de Narcea; y se envió a varios agentes de Policía, entre ellos el inspector Parrilla, que el día 16 -no había terminado el proceso de destrucción de aquellos vagones irrecuperables, y los TEDAX aún continuaban inspecionando los restos – viajaron a Asturias, donde comenzaron a aparecer pruebas de que la dinamita había salido de Mina Conchita.

En Asturias también aparecieron pruebas que, si bien se obtuvieron tras varias semanas o meses de los atentados, referían hechos relacionados con los días anteriores o posteriores a la obtención de dinamita por el comando terrorista, como las declaraciones de la cajera del Carrefour que reconoció al grupo de Ahmidan, con la presentación de las facturas de la Caja Central correspondientes (difícil de falsificar, si no aceptamos la implicación de los encargados o los informáticos del hipermercado); las declaraciones de los delincuentes que trabajaban para Emilio Suárez -sobre todo Gabriel Montoya, que acompañó a los terroristas y a Emilio Suárez a la mina- y la trascendental prueba de los seguimientos telefónicos por BTS del desplazamiento de Jamal Ahmidan a Asturias, que se obtiene a partir de la tarjeta 652282963.

Precisamente a raíz del hallazgo de esta tarjeta en la mochila encontrada entre los enseres depositados en Vallecas se abrió otra línea de investigación, como declaró el Jefe de Seguridad de Amena Domingo Río, que recibió la orden de iniciar gestiones para localizar el origen de dicha tarjeta sobre las 10’30-11 h del día 12 de Marzo. Su testimonio nos permite demostrar -otra vez- que Luis del Pino MIENTE; antes de lo que él llama «destrucción de los trenes«, y sin relación alguna con este hecho, aparecieron pruebas que cerraron el cerco a los asesinos.

No son las únicas pruebas: la familia política y los hermanos y primos de Jamal Ahmidan, los dueños de «Bazar Top«, los dueños de «Sindhu Enterprise«, los testigos que reconocieron a alguno de los terroristas en los trenes, y  muchos más, aportaron pruebas generadas el día de los atentados y durante las semanas anteriores sobre la implicación del comando terrorista y quienes les vendieron la dinamita en los atentados.

Por lo tanto, de ser verdad lo que sugiere Del Pino -que se sustituyeron las verdaderas pruebas por otras fabricadas y plantadas durante los días siguientes al 11 de Marzo- habría que concluir la complicidad de cientos, quizás miles, de funcionarios públicos -policías, guardias civiles, jueces, forenses, etc- y ciudadanos privados que, con no poca suerte y sin motivos justificados, habrían participado en el asesinato de doscientos inocentes y el intento de asesinato de varios miles.

¿Cree Luis del Pino que pudo ser así? Pues tal vez pudiera explicarnos de manera plausible cómo unos conspiradores tan poderosos sustituyeron las pruebas por otras falsas depositadas en la Comisaría de Puente de Vallecas, en lugar de dejar estas últimas en los trenes, para que las encontraran sus propios cómplices.

(Continuará)

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3 respuestas a LAS VEINTIUNA MENTIRAS DE LUIS DEL PINO (IV)

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  2. Sr. Lobo dijo:

    ¿Tú encuentras normal que DOS días después del atentado ya tuvieran perfectamente claro que no iban a necesitar acceder a esos vagones? ¿DOS DÍAS para preparar todas las muestras vs DOS AÑOS en el caso del tren de Valencia? ¿No te parece una diferencia excesiva por muy legal que sea?

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