Titadyn, el eterno retorno (XXXVII) por Rasmo

Titadyn, el eterno retorno (XXXVII) por Rasmo

Terminé la anterior entrega mencionando los cuatro elementos fundamentales que los conspiracionistas aducen para rebatir la argumentación de Sánchez Manzano y la perito 17632. Trataré aquí los dos primeros.

a) Las palabras de Díaz-Pintado

En la página 32 de “Titadyn”, García Abadillo señala:

[E]n su declaración ante el tribunal [de 11.4.2007], Díaz Pintado eliminó cualquier duda al respecto. A preguntas del abogado de la Asociación de Ayuda a la Víctimas del 11-M [José María de Pablo], sobre si alguien podía haber dado la orden de que no se remitieran los restos hallados por los agentes de los Tedax en los focos a la Policía Científica, el ex número dos de la Policía contestó: «En absoluto, no puede haber nadie que dé esa orden, porque quien tiene que hacer los informes periciales definitivos para elevar al órgano judicial es la comisaría de la Policía Científica».

Idéntica cita recoge De Pablo en la página 11 de su querella (y se recuerda en la página 24).

De entrada, hay algo llamativo en la manera en la que el letrado de la AAV11M le formuló la pregunta a Díaz-Pintado en el juicio del 11-M: “¿Sabe usted quién ordenó a la unidad central de los TEDAX que no remitiera a la Policía Científica los restos de los focos de las explosiones?” Se trata de un ejemplo de libro de la falacia de la pregunta compleja, que asume como cierto en su enunciado algo que no ha sido probado. En este caso, que se dio esa orden dista de ser un hecho cierto. Este abogado, en su interrogatorio a Sánchez Manzano, adoptó el mismo enfoque capcioso, al preguntarle si “la decisión de no enviar esos restos [a la Policía Científica] fue suya”, cuestión que planteó igualmente a la perito 17632, dando por sentado que esa falta de remisión de los restos fue el producto de una “decisión” o una “orden” y no el mero seguimiento de un protocolo o una práctica habitual o no reglada que nadie tenía que dirigir de manera expresa.

Dicho esto, es cierto que Díaz-Pintado declaró lo que estos autores indican… justo después de afirmar que el mismo día de los atentados los Tedax le descartaron el Titadyn porque no habían hallado nitroglicerina, aserto que, como ya expuse en otro momento, es casi con toda seguridad, erróneo. En principio, tiendo a ser precavido con las declaraciones de testigos que hablan de cuestiones de detalle que, atendiendo al tenor del resto de sus manifestaciones en general, demuestran no dominar tanto como sería deseable. Aparte de las confusiones e imprecisiones del testimonio del propio Díaz Pintado en el juicio del 11-M, lo cierto es que en dicha sede, y esto es una opinión personal, los mandos policiales dieron a veces muestras de vacilación (a mi juicio, comprensible) cuando se les preguntaba por cuestiones de minucia procedimental que probablemente no formaran parte de sus preocupaciones cotidianas. Por ejemplo, en el juicio (sesión de 11.4.2007), el ex Comisario General de Información de la Policía, Jesús de la Morena, también fue interrogado por el letrado de la AAV11M al respecto, con un intercambio muy ilustrativo:

AAV11M: ¿Conoce usted si la práctica habitual en cualquier atentado terrorista es que los análisis científicos de los restos de los focos de las explosiones los realice el laboratorio de la Policía Científica?

De la Morena: Pues la verdad es que no sabría responderle… porque yo creo que los hace Policía Científica y TEDAX.

AAV11M: ¿Los científicos también… para determinar el tipo de explosivo con carácter científico?

De la Morena: No lo sé… sinceramente.

Sin olvidar que Santiago Cuadro, el ex Comisario General de Seguridad Ciudadana, superior directo de los Tedax y probablemente más familiarizado con el proceder de éstos, tenía una opinión distinta de la de su propio Jefe (Díaz-Pintado). Así, en el juicio del 11-M (18.4.2007), el Sr. Cuadro Jaén respondió al abogado de la asociación presidida por Pilar Manjón:

A11MAT: Bien. A usted no le sorprendió, no le resultó extraño que fuera el laboratorio TEDAX el que hiciera el análisis. Es decir, le pareció a usted absolutamente normal.

Cuadro Jaén: Sí, me pareció absolutamente normal.

A lo mejor el Comisario General de quien dependían los Tedax estaba mintiendo, como diría algún escéptico selectivo. O a lo mejor no.

Sea como fuere, lo importante no es la opinión de Díaz-Pintado o los demás mandos policiales, sino lo que digan las normas, que, como ya he señalado, cuando se leen en su versión íntegra, no parecen sostener la tesis de la exclusividad analítica de la Policía Científica en todos los aspectos. De todos modos, si nos empeñamos en ceñirnos al testimonio del propio Díaz-Pintado, no está de más referir lo que este ex miembro de la cúpula policial declaró en su comparecencia de 18.9.2009 ante la juez instructora de la querella contra Sánchez Manzano y la perito 17632. En efecto, refiriéndose a la famosa Circular 50, este testigo señaló algo que podría parecer sorprendente: “este tipo de normativas, son de obligado conocimiento pero no de estricto cumplimiento […], en el sentido de que luego hay circunstancias que lo modifican”. Y añadió: “la Circular 50 […] no dice que si los restos se los llevará fulanito y luego los remitirá a la autoridad… eso no lo especifica. […] No está escrito […] [que] TEDAX deberá remitir y luego Policía Científica mandará a la autoridad judicial. Ese recorrido, que ya es de la práctica, no está escrito”. Al menos, esta vez, El Mundo sí recogió en parte esta aclaración, no sin arrimar el ascua a su sardina (19.9.2009):

El abogado de las víctimas, José María de Pablo, también le interrogó sobre qué laboratorio –el de los Tedax o el de la Policía Científica– era competente para analizar los restos de la explosión. Díaz Pintado respondió que no sabía si existía una normativa concreta que lo determinara, pero que, en la práctica, los Tedax hacían un análisis de urgencia que servía para orientar a sus técnicos y, posteriormente, la Policía Científica realizaba el análisis definitivo y oficial con los medios necesarios y que podía durar varios días.

En fin, lo cierto es que no dijo “que no sabía si existía  una normativa concreta que lo determinara”, sino que no existía una normativa concreta que lo determinara (“eso no lo especifica”, “no está escrito”), que es ligeramente distinto. No se me negará, en cualquier caso, que esto debilita bastante el argumento conspirativo y neutraliza el testimonio del ex número dos de la Policía como base para impugnar las explicaciones de Sánchez Manzano y la Inspectora 17632. Porque, en el peor de los supuestos, es decir, aun dando por válida la arreglada información de El Mundo, si ya es dudoso que la ruptura de unos protocolos policiales de esta índole esté comprendida en algún tipo penal, más exótico resultaría sostener que puede encarcelarse a dos policías por apartarse de una supuesta “práctica” que no está escrita. Una práctica cuya existencia, además, resulta bastante dudosa, como acreditaré más adelante.

b) El perito Manuel Escribano

Las declaraciones de Manuel Escribano, perito famoso por su intervención en el asunto del ácido bórico, que lo convirtió en un héroe de los enemigos de la versión oficial, se han invocado repetidamente en el ámbito de la discusión sobre la supuesta ruptura de protocolos.

Suele considerarse inelegante hacer apreciaciones personales (salvo, aparentemente, cuando las hacen los conspiracionistas para desacreditar a cualquier testigo que no les gusta), pero el Sr. Escribano ha dicho y hecho cosas suficientemente extrañas como para que sus manifestaciones se tomen con cierta prudencia. No lo digo sólo yo. La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 4.7.2008, que absolvió a los policías acusados (con la inestimable aportación de este “honrado perito”) de haber falsificado el informe del bórico, no escatimó puyazos hacia este facultativo, confidente esporádico de El Mundo. Un logro no menor, tratándose de alguien a quien ni siquiera se estaba juzgando. Así, señala la resolución judicial, su “informe no se confeccionó con excesivo rigor” (p. 36), “era notable la falta de rigor científico” y su “forma de proceder ha de calificarse de personalísima” (p. 38). Pero, sobre todo: “La conducta del perito […] Manuel Escribano Escudero, genera no pocas suspicacias” (p. 44); una conducta que “iba a generar confusión y turbiedad en la investigación y en la opinión pública” (p. 45) y “carecía de rigor y generaba confusión y equivocidad, tanto en el ámbito de la investigación como en la opinión pública”, pues sus “especulaciones subjetivas […] sólo servían para generar incertidumbre, suspicacias y confusión” (p. 47).

Con esa misma suspicacia me aproximo yo a la intervención de quien, en materia de 11-M, ya ha generado “confusión y turbiedad” en anteriores ocasiones.

Lo mínimo que puede decirse es que el Sr. Escribano pertenece a ese grupo de testigos cuyas declaraciones se van haciendo más “interesantes” con el paso del tiempo. En el Prólogo de “Titadyn”, García Abadillo, en el asunto que nos ocupa, refiere lo siguiente:

Cuando compareció ante el tribunal el perito de la Policía Científica Manuel Escribano (que analizó las muestras el día 11 de marzo) y le preguntaron si se habían realizado análisis de restos de explosiones en su laboratorio, respondió que el 83 por ciento de los que él personalmente había llevado a cabo en más de treinta años de servicio se correspondían precisamente con lo que Sánchez Manzano llamaba restos no pesables.

Como minucia intrascendente, obsérvese que el periodista le atribuye “más de treinta años de servicio”, cuando lo cierto es que el testigo (comparecencia de 28.5.2007) dijo literalmente “casi veinte años”. Ya hemos visto que el vicedirector de El Mundo no se maneja bien con las citas.

Por lo demás, cuando al Sr. Escribano (con carnet profesional nº 9), le preguntaron en el juicio del 11-M por qué la Policía Científica no analizó los restos de los focos de explosión, su respuesta fue bastante lacónica:

Defensa de Zougam: ¿Y sabe usted por qué razón la Policía Científica no intervino en el análisis de las… de los restos y vestigios que se encontraron en los focos de explosión de los trenes de los atentados?

M. Escribano: Única y exclusivamente porque no nos los remitieron. Nosotros nos limitamos a efectuar los análisis que se nos solicitan. En este caso, si no se nos solicita no lo podemos hacer.

Y nada más. Sin embargo, en su libro de marzo de 2009 (“La Cuarta Trama”), José María de Pablo, ofrece un relato más elaborado sobre esta última cuestión (p. 199):

El principal experto en análisis de explosivos de la Comisaría General de la Policía Científica, Manuel Escribano, nada más enterarse de los atentados dispuso todo en el laboratorio para analizar las muestras de los focos de las explosiones conforme les fueran llegando. Le extrañó mucho que pasaran las horas y no le llegar ningún vestigio para analizar porque siempre que había un atentado se los enviaban.

En una nota a pie de página, el letrado de la AAV11M nos aclara inmediatamente de dónde extrae esa información adicional:

Fue en el juicio del caso bórico donde Escribano declaró que el 11 de marzo estuvo esperando la llegada de los vestigios de los focos, porque en todos los atentados terroristas los TEDAX se los remitían. También explicó que le extrañó muchísimo que no le llegaran esas muestras.

En el juicio del caso bórico”. O sea, el mismo juicio en el que el tribunal apreció con “suspicacia” la actuación de Escribano, generadora de “confusión y turbiedad”. Cabe preguntarse legítimamente por qué el perito esperó hasta ese momento para recordar su extrañeza y no manifestó nada de ello ante Gómez Bermúdez, cuando le preguntaron por el asunto. En cualquier caso, en su declaración en el marco de la querella de la AAV11M contra Sánchez Manzano y la Inspectora 17632, Escribano todavía aportó nuevos detalles, como recogió El Mundo en su edición de (19.9.2009):

Según indicaron fuentes jurídicas, el perito Manuel Escribano explicó que la misma mañana de la mascare preparó el laboratorio para recibir las muestras de los focos. Más tarde, en la cafetería del complejo policial de Canillas, se encontró con Sánchez Manzano y otros miembros de la Unidad Central de los Tedax, a los que les informó de que lo tenía todo listo para cuando le enviasen los restos. La respuesta fue que sí, que se los enviarían. Pero pasó el día 11 sin recibirlos. El día 12 coincidió de nuevo con miembros de la Unidad Central y se repitió la escena. Les dijo que aún no tenía las muestras y le respondieron que ya se las enviarían. Al final, esas muestras no llegaron hasta tres años más tarde, cuando lo ordenó el tribunal del 11-M.

En cuanto a la obligación de esa remisión de muestras, al igual que Díaz Pintado, declaró que no sabía si lo imponía una norma, pero era lo que se hacía y por eso preparó el laboratorio.

Escribano también rebatió la versión de Manzano de que nunca se enviaban restos explosionados a la Policía Científica, sólo explosivo intacto. Para ello, expuso los datos exactos de los análisis que había realizado mientras Manzano estuvo al frente de los Tedax, entre 2002 y 2006. Dio las cifras de cada periodo y el balance era que más de la mitad eran análisis de sustancias explosionadas como las del 11-M.

Aprovecho para apuntar que Escribano dijo también otras cosas tremendamente interesantes de las que ningún medio escéptico selectivo ha informado en absoluto. Ya las mencionaré a su debido tiempo.

Conviene destacar que, al igual que ocurrió con el testimonio de Díaz Pintado, Escribano también fue incapaz de citar una norma que obligara a los Tedax a enviarle las muestras. Como ya observó mordazmente lejianeutra: “Si en tantos años, y ya sabemos que Escribano se entrena duro para este tipo de cosas en los Juzgados, no han conseguido encontrarla, me da a mí que va a ser porque no existe.” Y, repitiendo mi comentario al hilo de las declaraciones de Díaz-Pintado, no veo cómo puede considerarse delito la ruptura de unos protocolos de los que no se tiene noticia escrita.

Nos queda aún por tratar la cuestión de si ese envío, aunque no se basara en una disposición escrita, constituía realmente una práctica habitual. Antes, me apresuro a señalar una aparente contradicción en el testimonio del propio Escribano en su declaración ante la juez instructora de la querella. En efecto, en un determinado momento, cuando se le preguntó explícitamente si consideraba que había habido una “invasión de competencia”, el testigo admitió, literalmente:

No, invasión de competencia… Es que eso de las competencias, que también lo he oído en algunos sitios, los TEDAX deciden… O sea, ellos siempre nos han mandado lo que han considerado oportuno mandar. Entonces, si lo mandaban, nosotros lo analizábamos. ¿Que no lo mandan? No lo analizamos. ¿Que mandaron eso? Es lo que analizamos. Es decir, ellos sabrán qué es lo que tienen que hacer, yo no puedo decir a los profesionales del TEDAX qué es lo que mandan y lo que no deben de mandar.

Difícilmente puede sostenerse que los Tedax están obligados a mandar siempre las muestras y, al mismo tiempo, que ellos siempre mandan “lo que han considerado oportuno mandar”… “si lo mandan”. Pero más dañino para la tesis de que se incumplió una norma legal, aparte del reconocimiento de que no sabía de su existencia, es que el Sr. Escribano admitiera que “nunca, nunca en la vida” elevó a la superioridad escrito alguno de quejas por no haber recibido muestras; que no hizo ninguna nota interna y, en definitiva, que ni él ni nadie se quejó por escrito y que, de hecho, ni siquiera había “oído a nadie quejarse”. En estas circunstancias, quizás nos hallamos simplemente ante una de esas actitudes “personalísimas” de este facultativo, como señalaba la sentencia sobre el asunto del ácido bórico.

Pero es que, además, todos los Tedax a los que Escribano puso por testigos de su petición de muestras en la cafetería del complejo policial (en dos ocasiones, según El Mundo) lo han contradicho explícitamente en sus respectivas declaraciones ante la juez instructora de la querella. Concretamente, Manuel Escribano declaró haber pedido las muestras en presencia de Sánchez Manzano, del Sr. Navalmoral (Jefe de la Sección de Especialización y Apoyo Técnico), del Sr. Ríos (Jefe de Servicio NRBQ de la Unidad Central TEDAX-NRBQ) y de una cuarta persona a la que no supo identificar, pero que, según parece, podría ser el Sr. Campos (Jefe de la Sección de Centro de Información de Artefactos Terroristas en la Unidad Central).

En este caso, no me consta documentalmente una respuesta de Sánchez Manzano (lo cual es lógico, dado que declaró unos días antes que Manuel Escribano), pero en el juicio del 11-M (14.3.2007) el propio José María de Pablo le sometió a un interrogatorio que puede ser relevante a los presentes efectos:

AAV11M: ¿En algún momento el Comisario General de la Policía Científica de aquel entonces le reclamó que le remitiera los restos de los focos de las explosiones para analizarlos en la Policía Científica?

S.M.: Que yo recuerde no.

AAV11M: ¿No es cierto que mantuvieron una conversación telefónica en la que el señor Comisario de la Policía Científica le reclamó el envío de esos restos?

S.M.: Yo no lo recuerdo. Pero si lo hubiera exigido, lo hubiera exigido por la vía jerárquica del Subdirector Operativo [Díaz-Pintado], del Subdirector Operativo a mi Comisario General [Cuadro Jaén], mi Comisario General me hubiera dado la orden y yo lo hubiera mandado. Él no me lo puede mandar a mí directamente.

Si Sánchez Manzano no recuerda una solicitud del propio Comisario General de Policía Científica (superior de Escribano) y ni siquiera le habría parecido atendible por cuestiones jerárquicas, me parece inverosímil que se hubiera plegado a las peticiones oficiosas de un agente de menor rango. De hecho, el Sr. Ríos, a quien Escribano decía haberle comentado que esperaba las muestras, se expresó de forma semejante a la del entonces Jefe de los Tedax, tras negar la veracidad de lo expuesto por el perito de la Policía Científica (declaración del Sr. Ríos de 1.12.2009 ante la juez instructora de la querella contra Sánchez Manzano):

D.- ¿En algún momento Policía Científica ha requerido, que usted sepa, oficial o extraoficialmente, a TEDAX, los restos de las explosiones para hacer los análisis pertinentes?

T.–  Que yo sepa no, lo que sí sé es, y porque lo he leído en la prensa, que un testigo que ha declarado aquí, que a mí personalmente me lo había requerido.

D.- Sí, el Sr. Escribano.

T.Niego rotundamente que a mí se me haya requerido nada, entre otras cosas, porque él sabe que yo no era la persona adecuada, la que tenía que dar la orden de poder mandar absolutamente nada.

D.– ¿Es cierto que le fue a buscar a la Cafetería del complejo policial?

T.Rotundamente falso.

D.– ¿Y que le dijo que tenía todo el laboratorio preparado para recibir muestras?

T.Rotundamente falso. Es más, él no era la persona que tenía que haberse dirigido, no a mí, sino a la Unidad. Él es licenciado en farmacia. Es facultativo del CNP. Es un inspector jefe en excedencia, pero sabe que la petición la debería haber hecho, oficialmente, en todo caso, la Comisaría General. No él. Él tenía un Jefe de sección por encima, y un Jefe de servicio.

Por su parte, el Sr. Navalmoral no fue menos contundente (declaración de 1.12.2009):

D.– ¿Tiene usted algún conocimiento de que Policía Científica, de alguna forma, oficial o extraoficialmente, les haya requerido a ustedes las muestras recogidas, los objetos recogidos, ya seleccionados, para su análisis y estudio?

T.– ¿El 11 de marzo?

D.– El día 11 de marzo.

T.- No.

D.– Estuvo aquí el Sr. Escribano, que es perito de Policía Científica, y dijo que se encontró con usted y algunos más en una cafetería y que les pidió, por favor, que le remitieran las muestras ¿es cierto?

T.Eso es total y absolutamente falso.

D.– ¿Usted vio al Sr. Escribano el día 11 de marzo, el 12, el 13?

T.– No, señora.

D.– ¿El Sr. Escribano les pidió, por favor, les rogó que le remitiera las muestras, que tenían los laboratorios preparados desde hacía tres días?

T.– Muy difícil, si yo no lo he visto, que me los pidiera.

D.– ¿Y usted tiene conocimiento de que se lo pidiera a algún compañero suyo?

T.- No, señora.

Por último, en cuanto al Sr. Campos (declaración de 9.12.3009):

D.– ¿Usted sabe si Policía Científica reclamó las muestras de los explosivos explosionados?

T.– Lo siento, pero no lo sé si las reclamó. Desconozco si las reclamó.

D.– ¿Usted se encontró…, conoce al Sr. Escribano?

T.– Sí.

D.– ¿Lo vio el 11-M?

T.– No recuerdo que lo viera.

D.– Es que él dice que se encontró con tres de ustedes en la cafetería y que les reclamó las muestras, que las estaba esperando en el laboratorio.

T.– No recuerdo si me encontré con él, pero tampoco entiendo que nos reclame en un bar una muestra. Cuando se hacen las cosas, se hacen de otra manera. Vamos, yo no recuerdo haberme encontrado con el Sr. Escribano. No lo recuerdo.

D.– ¿Qué le reclamara las muestras?

T.– No, no tengo esa relación directa. No recuerdo hablar con él, con lo cual no me lo puede haber pedido.

En teoría, y según el criterio comúnmente aplicado por ciertos buscadores de la verdad, es posible que todos mientan menos Escribano. Por mi parte, dados sus antecedentes, no veo por qué se le habría de otorgar a éste el beneficio de la duda en mayor medida que a quienes le contradicen. Aun a riesgo de incurrir en lo que podría parecer una crítica ad hominem, no deja de provocarme cierta “suspicacia” la actitud de un testigo, como el Sr. Escribano, que se expresa en los siguientes términos, mezcla de excitación novelesca y afán de protagonismo (declaración de 18.9.2009 ante la juez instructora de la querella):

Comí algo de prisa y corriendo, me fui al laboratorio y a los otros cuatro compañeros que trabajaban conmigo esa tarde pues les dije eso, que tuvieran todos los aparatos y todo preparado porque en cualquier momento nos llegarían las muestras y teníamos que dar una respuesta inmediata puesto que el Gobierno de la Nación y todo el mundo estaban pendientes de saber el resultado de la analítica puesto que, por el resultado de la analítica, nosotros… o sea, según el tipo de explosivo, se puede saber o se puede intuir qué grupo terrorista puede haber cometido el atentado.

En cuanto al asunto de los informes realizados por Escribano, lo cierto es que se trata de una cuestión algo confusa, en la que es difícil cohonestar las diversas fuentes. En su declaración en el juicio del 11-M, manifestó que había realizado 519 informes periciales, de los cuales el 85,93 % “son sobre restos de explosivos”, de modo que “el resto sería de explosivos pesables”. Sólo como detalle, obsérvese la sorprendente precisión estadística del testigo. Cualquiera pensaría que ya sabía lo que le iban a preguntar y venía preparado…

En cualquier caso, su respuesta muestra que el perito y Sánchez Manzano no se referían a las mismas cosas cuando hablaban de pesable y no pesable, al menos durante el juicio del 11-M. Y es que Sánchez Manzano no distinguía realmente entre “restos de explosivos” y material “pesable”, como hace Escribano, sino entre “restos de explosión” y “restos de explosivos”. Este punto ya lo indicó sagazmente Hermanita.

Manuel Escribano acudió al juicio del 11-M para declarar respecto a un informe pericial firmado por él, que volveré a mencionar en otro momento. Dicho informe tenía por objeto el examen de unos paneles de porespán que habían recubierto el zulo de Morata de Tajuña donde se suponía que los yihadistas habían guardado el explosivo. Por tanto, no se trataba de “restos explosionados”. Ello queda claro si se atiende al tenor de lo manifestado en el juicio:

Defensa de Jamal ZOUGAM: Sí. Con la venia de la sala, la defensa de Jamal Zougam y Basel Ghalyoun. ¿Había elementos pesables de explosivo?

Escribano: No

D. ZOUGAM: ¿Y sabe usted por qué razón, parece ser que desde la Unidad Central TEDAX sólo envían a la Policía Científica elementos pesables de… de explosivos y no, parece ser, los que puedan estar adheridos a ciertas superficies?

Escribano: Eso es incierto totalmente. Del total de los análisis, de los informes periciales, mejor dicho, que yo he hecho en mi carrera profesional, en el laboratorio químicotoxicológico, en los casi 20 años que llevo en este laboratorio, de… repito, de los 519 informes periciales hechos hasta el día de hoy, el 85,93 % de estos informes periciales son sobre restos de explosivos y por consiguiente, el resto sería de explosivos pesables tal como usted lo dice.

Parece evidente que Escribano está incluyendo entre los casos de “explosivos no pesables” el informe del que habla, informe que nada tiene que ver con el análisis de “explosivo explosionado”, que era a lo que en realidad se refería Sánchez Manzano cuando él mismo hablaba de sustancia no pesable. A priori, no hay nada intrínsecamente erróneo en entender estas expresiones de un modo u otro. Pero para refutar lo que dice el ex Jefe de los Tedax habrá que hacer el mínimo esfuerzo de reconocer cómo las utiliza él mismo. Se trata, no obstante, de una confusión que se repitió desde las páginas de El Mundo en diversas ocasiones. Por ejemplo, el día posterior a la comparecencia de Sánchez Manzano en el juicio del 11-M (editorial, 15.3.2007):

Manzano hace una distinción entre los restos de explosivo pesables y los no pesables –aquéllos en los que la sustancia aparece impregnando otros materiales– y dijo que estos últimos siempre los examinan en su laboratorio. La explicación choca […] con la realidad […] porque son muchos los ejemplos que desmienten la versión de Manzano: las impregnaciones del atentado de la T-4 o las del zulo para explosivos de la casa de Morata sí fueron analizadas por la Policía Científica.

En el mismo sentido, Manuel Marraco (EM, 15.3.2007):

«Si son sustancias explosivas, materia pesable, se hacen cargo los Tedax, y los Tedax se lo remiten a Policía Científica para que haga los análisis. Cuando son restos de explosiones donde no hay sustancia explosiva se quedan en la unidad», respondió [Sánchez Manzano]. Esta afirmación contradice los análisis efectuados por la Policía Científica en el 11-M. Por ejemplo, del material del zulo de Morata donde pudo haberse escondido el explosivo.

Y el propio García Abadillo incurre en la misma falacia (EM, 15.3.2007):

Primero, el ex jefe de los Tedax intentó justificar por qué los restos hallados en los focos de los trenes no se enviaron para su análisis al laboratorio de la Policía Científica. Dijo que la normativa establece una distinción entre el explosivo «pesable» y «no pesable». El primero, según su versión, le corresponde analizarlo al laboratorio de la Policía Científica; el segundo, al de los Tedax. Pero […] [l]a Policía Científica también analizó las impregnaciones (explosivo «no pesable») del trozo de porespán que recubría el zulo de la casa de Morata. Alguien podría haberle preguntado a Sánchez Manzano: ¿Si en el último atentado de ETA, el de la T-4, no se encontraron restos pesables de explosivos, sino sólo impregnaciones, por qué las analizó la Policía Científica?

Ya hablaremos de la T-4, pero repito que el zulo de Morata no corresponde a lo que Sánchez Manzano había expresado, fuera o no mejorable o discutible su terminología.

Sin embargo, en la fase de instrucción de la querella de la AAV11M, Escribano volvió a mencionar este dato de los porcentajes para señalar que ahora eran 537, no 519, y de ellos el 82,68 % correspondían a “restos de explosivo” que, en realidad, significaban ahora “restos explosionados”. El perito ofreció incluso un desglose de sus informes entre 2002 y 2006, coincidiendo con el período en que Sánchez Manzano estuvo al frente de los Tedax. Concretamente, manifestó haber realizado entre esas fechas 73 informes, 41 de los cuales (56,1 %) se referían a esos “restos explosionados”. Salvo indicar el carácter evolutivo de algunas versiones, poco puedo decir a este respecto, a falta de la documentación específica que decía manejar el testigo.

Habida cuenta de que no se ha podido aducir un texto normativo (pese a las alegaciones de algunos autores), al hablar de números y porcentajes de informes nos movemos dentro de la evaluación de lo que pudiera ser una pretendida “práctica habitual”. Como ya he mencionado, esta cuestión de las cifras está sujeta a fluctuaciones incongruentes según el origen de la información. Para tratar de dilucidar este aspecto con un mínimo de seguridad, será conveniente aquilatar la fiabilidad de las diversas fuentes con prudencia.

Adelantaré que, tanto los datos proporcionados por Escribano como los mencionados por el letrado de la AAV11M no coinciden con la información oficial (y es de suponer que contrastada) que se incluye en la sentencia que desestimó la demanda de Sánchez Manzano contra El Mundo. Lo cual nos llevará al siguiente punto, que también trata de la cantidad de informes de uno u otro signo efectuados por la Policía Científica, según la versión del autor de la querella contra el ex Jefe de los Tedax.

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